martes, 29 de enero de 2013

El ansiado plan de apoyo al emprendedor estara en breve

Mariano Rajoy ha anunciado que se aprueban microincentivos para las pequeñas empresas y para los nuevos emprendedores.

En los últimos meses hemos vivido una batida de altas de autónomos en la seguridad social y esto no se debe ni muchísimo menos a que existan jóvenes con grandes ideas innovadoras que siempre han soñado con ser empresarios de éxito, no, son parados que viendo que su unica salida es buscarse la vida por ellos mismos deciden saltar a otro terreno.


Era deseable y muy necesario ofrecer medidas y salida a estas personas que en muchos casos trabajan en  economia sumergida debido a los costes que implica regularizar su situación y sobretodo era importante aprobar dos que desde hace mucho tiempo los autónomos reclaman insistentemente: microseguros sociales para los que comienzan y criterio de caja en el IVA.


La primera de las medidas exigidas se entiende sin necesidad de decir mas, es obvio que pedir a un parado que quiere vender sus servicios para salir adelante 300 euros mensuales facture o no, es un barbaridad.


La segunda de las medidas es mas importante todavía, si el autonomo tenia miedo a su seguro social mas miedo tenia a pagar impuestos con dinero inexistente, a partir de ahora el IVA solo se pagara de aquellas facturas que se hayan cobrado y la simple emisión de una factura no provocara el devengo de este impuesto.


Ahora viene la pega, el gobierno anuncia que nuestros deseos serán cumplidos pero de la siguiente forma:


- Los seguros sociales serán de 50 euros para los 6 primeros meses como autónomos para hombres menores de 30 o mujeres menores de 35.

- El criterio de caja en el Iva solo se aplicara a empresas de menos de 5 trabajadores.

Es un paso importante, no cabe la menor duda, y muchos están ya dando palmas con las orejas pero son medias insuficientes. Limitar por edad la reducción del seguro social es un error con el indice de paro de nuestro pais, todo aquel que quiera autoemplearse debería de poder hacerlo con esta ayuda, teniendo en cuenta que los primeros meses de actividad la facturación no da en la mayoría de los casos para muchas fiestas, por esa misma razón 6 meses tambien serán insuficientes, ademas,  el criterio de caja debería de aplicarse a empresas de mayor tamaño,  puesto que precisamente son esas las que tienen el mayor problema de impagos de grandes facturas de clientes.


En una entrada posterior hablaremos del criterio de caja mas en profundidad para ver como aplicarlo.


jueves, 17 de enero de 2013

Existe un mundo después de hacienda y la seguridad social


Una de mis primeras recomendaciones a alguien que desea ser autonomo es que revise a que esta obligado y que otras cosas debe de contemplar: sanidad, seguros de responsabilidad civil, protección de datos, riesgos laborales, accesibilidad, etc.. . este ejercicio de información no suele hacerse, gran error que podemos pagar a posteriori.

Un ejemplo claro es la ley de protección de datos, que todos sin excepción debemos cumplir. ¿Guardas datos de clientes? ¿Guardas datos de proveedores? aunque esta información sea la justa y necesaria para poder facturar o mandar correos estamos obligados a cumplir la ley en cuanto existe un registro de esta información. ¿Pero yo no conozco a nadie que por esa razón se lie a registrar ficheros? pues lo conocerías si ya hubiesen tenido un altercado con algún cliente molesto que pudiese denunciar el incumplimiento.


En materia de
prevención de riesgos laborales los autónomos suelen estar mas informados gracias a las campañas que hacen las empresas dedicadas a ellas y a los gestores que suelen hacer de intermediarios de estos servicios. Pero cuidado, las empresas de menos de 10 trabajadores pueden llevarlo ellas mismas, ahorrando perfectamente los 400 euros que suelen cobrarte por el asunto. 


Los seguros de responsabilidad cicil son otros de los grandes olvidados pero pueden ahorrarnos muchisimos problemas ante denuncias interpuestas por la razón que sea: un tropezón en la tienda por una losa a la que le sobresale un pico puede representar la quiebra del pequeño empresario si una denuncia conlleva una posterior indemnización. Ni que decir tiene en determinados sectores donde es obligatorio contratar determinados seguros como por ejemplo si organizas viajes o excursiones. Ojo por que si eres una asociación sin animo de lucro pero igualmente los organizas.

Si eres un despacho puede que tengas que cumplir con la ley de blanqueo de capitales y prevención de la financiacion terrorista, segun a que te dedicas puede que sanidad te pueda exigir segun que cosas, el ayuntamiento por supuesto si tienes local o terraza de cara al publico.... y lo peor es que puedo seguir.


Mi consejo: informate bien y no confies solo en lo que te dice la gestoría por que suelen estar solo para hacienda y la seguridad social, pregunta a proveedores que suelen tener mucha información al respecto sobretodo si son empresas fuertes, mira en internet (aunque pon en cuarentena toda la información que encuentre) y sobretodo: si vas a ser autonomo comprende que tienes que ser especialista de tu sector y eso incluye tener unos conocimientos minimos sobre las leyes que te afectaran.


En futuras entradas desarrollaré los asuntos mencionados anteriormente, comenzando con la prevención de riesgos, ya que se del interes que despierta la posibilidad de hacerlo vosotros mismos sin pagar extras a las empresas.







jueves, 10 de enero de 2013

El trabajo en negro puede llevarte a la carcel a partir de ahora

"Quien obtenga, para sí o para otro, el disfrute de prestaciones del Sistema de la Seguridad Social, la prolongación indebida del mismo, o facilite a otros su obtención, por medio del error provocado mediante la simulación o tergiversación de hechos, o la ocultación consciente de hechos de los que tenía el deber de informar, causando con ello un perjuicio a la Administración Pública, será castigado con la pena de seis meses a tres años de prisión.
Cuando los hechos, a la vista del importe defraudado, de los medios empleados y de las circunstancias personales del autor, no revistan especial gravedad, serán castigados con una pena de multa del tanto al séxtuplo.
Además de las penas señaladas, se impondrá al responsable la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones y del derecho a gozar de los beneficios o incentivos fiscales o de la Seguridad Social durante el período de tres a seis años."


Que en nuestro pais hay economia sumergida no es ningún secreto, que es muy normal cobrar el paro y al mismo tiempo trabajar en negro tampoco, es mas no resulta infrecuente escuchar como alguien lo anuncia en una reunion entre amigos en voz alta y sin pudor. Esto a partir del dia 17 es muy probable que cambie, o al menos lo ira haciendo a medida que lo que se escuche en las reuniones sea lo que le paso a uno o a otro al ser condenado a penas de carcel por eso mismo, ya que las penas van desde los 6 meses a los 3 años.
Hace a penas dos años yo mencionaba precisamente la necesidad de que el trabajador sea tambien castigado por estas causas, hasta ahora lo máximo que le podia pasar era perder la prestación (a la que por otro lado se supone que ya no tenia derecho al estar trabajando) sin embargo el empresario asumía en solitario las consecuencias que si bien merecidas, descompasaban la balanza del castigo lo que lleva a que sea el propio empleado el que solicite que por favor no se le cotice y de esa manera "cobrar doble".  Digo que yo comentaba esto hace dos años por que fue la ultima vez que me encargue de hacer entrevistas de personal para una nueva contratación y eran tantos los candidatos que se negaban a aceptar el puesto si no les "NO cotizaba" que me lleve las manos a la cabeza. Es mas recuerdo que precisamente la persona que queríamos "fichar" tenia dos años de paro por delante y se negaba a "perderlos". 
Se que algunos estarán pensando en circunstancias familiares o personales que lleven a alguien a cometer fraude, y opine que la ley hasta aqui tal y como lo he contado es de lleno injusta con personas que tienen una situación que les aboca a cometerlo, bueno pues afortunadamente dicha ley contempla tambien que "según la cuantía y las circunstancias personales del autor" la pena sera de multa.
Por otro lado y en lo que respecta a las empresas se sigue endureciendo la ley de la misma manera que lo ha venido haciendo a lo largo de estos últimos años.