lunes, 15 de abril de 2013

Junta de Andalucia: Expropiaciones a los Bancos y sanciones de hasta 9.000 euros a los que no alquilen



Hace un par de dias nos levantamos con la noticia y  con la publicacion que tiene efectos desde el viernes pasado:


La situación es las siguiente para aquellos que nos lean desde fuera de la comunidad: Las ultimas elecciones en Andalucía fueron las primeras en la historia en las que el Partido Socialista no se proclamo el ganador, sin embargo gracias a un gobierno de coalición con Izquierda Unida consiguieron hacerse con la silla. Este acuerdo, como es natural, no es gratis del todo y el partido comunista puso un mínimo de condiciones, y fruto de ellas sale este decreto ley, que ahora el PSOE quiere extender también al resto del territorio nacional, desde mi punto de vista con relativo acierto.

Expropiaciones:


En la exposición de motivos nos explican en el decreto que se amparan en la necesidad de "asegurar el derecho a una vivienda digna en relación con el derecho a la vida y a la integridad física y psíquica" de las familias perjudicadas por ejecuciones hipotecarias para que puedan seguir ocupando sus casas y ponen de evidencia la necesidad de que los poderes públicos actúen.


Las viviendas que serán susceptibles de ser expropiadas (por un máximo de 3 años) son solamente aquellas que pertenezcan a una persona jurídica y nunca a una persona física, en resumen, inmobiliarias, bancos y similares. 


La familia que se encuentre ante un inminente desahucio solicitaría a la Junta que embargase su casa al banco, dicha familia debe de encontrarse en un caso que le haga especialmente susceptible de sufrir exclusión social o desamparo, y como es de imaginar no pueden verse beneficiados tampoco  locales o pisos destinados a uso empresarial o profesional ni viviendas de uso vacacional, solo las residencias habituales. Para hacer un resumen y no entrar en detalles unas 200 familias ahora mismo podrían beneficiarse de esta medida, lo que representa algo más de un 2% del total de los desahucios en Andalucía.


Una vez a una de estas familias se le ponga a disposición su casa, a través del embargo que haga la Junta al Banco, pagaran un 25% de sus ingresos con un tope de unos 300 euros. La idea es por tanto que sigan usandola pagando el muy reclamado alquiler social. Por otro lado la Junta abonara al banco una cantidad de, creo recordad, 1900 euros al año. 


Con esto se salva parte de lo que la ciudadanía lleva tiempo reclamando, si se consiguiese llevar a cabo de forma limpia y al mismo tiempo los parques de viviendas sociales funcionasen correctamente y pusiesen a disposición del otro tanto de familias pisos para residir, entonces chapo. Veamos si esta segunda parte de mi párrafo mejora en la realidad, puesto que estos embargos son solo la solución para gente en una situación especialmente desfavorecida, ¿pero y el resto? Vuelvo a repetir que los parques de viviendas sociales tienen que ser una realidad mejor construida.

Multas a los propietarios de casa vacías:


Aunque solucionásemos el 100% de los desahucios seguiríamos teniendo un problema con la vivienda y el acceso a la misma. Las miradas siempre se dirigen al mercado de alquiler que en España funciona algo más que mal. Uno de los problemas principales es el precio de la mensualidad. A fecha de hoy en muchas zonas de Andalucía resulta más barato todavía un hipoteca que una cuota de alquiler lo que consigue que la población siga persiguiendo de banco en banco la oportunidad de firmar un préstamo y que otros muchos directamente no puedan pagar una casa.


Aquí me voy a la experiencia personal y la opinión subjetiva. Hace poco ayudando a unos amigos a buscar vivienda me encontraba con espanto que por más que les echaba un cable buscando piso (que no tuviese el techo en el suelo y dispusiese de condiciones para un niño pequeño) no daba con ello por un precio que fuese menor que mi propia hipoteca (y eso que tengo la media española), un desastre que ha acabado con el resultado que muy a menudo vemos: han vuelto a vivir con sus padres con niño incluido. Y es que si los sueldos bajan, la luz sube, el agua sube, la gasolina sube, sube la comida y los pisos de alquiler siguen igual de caros al final acabaremos todos en casa de papa o con algún familiar viviendo con nosotros.


Por lo tanto, y dejando mis devaneos, la Junta ha dicho: pues que salgan al mercado de alquiler los miles de viviendas vacías y así la oferta y demanda actuara ajustando los precios a la realidad actual. Y como la banca no lo hace, obliguémoslos bajo multa de hasta 9.000 euros por casa. 


Esta medida no afectara a particulares, es decir, un ciudadano “de a pie” puede tener todas las viviendas que desee y tener las cerradas (de momento). Solo al igual que las expropiaciones, es para personas jurídicas: bancos, inmobiliarias, promotoras…


Recordemos que en Europa esto es de lo más normal (contradiciendo al PP que ha dicho que es una medida a lo Venezolano). En Inglaterra o Alemania sin ir más lejos se hace. Podría seguir diciendo países un buen rato.


Como se detectaran las viviendas vacías: por consumo eléctrico, domiciliación de correo, empadronamientos, consumo de agua y (aquí viene algo que podría abrir debate) declaraciones de los vecinos (espero que los tuyos sean simpáticos). En cuanto lleven un año cerradas: multa (En Inglaterra son 6 meses).


Hasta aquí parece perfecta la idea, es mas como dije antes se hace en el resto de Europa, lo que sucede es que a diferencia de otros países el número de viviendas sin vender aquí es brutal, no podemos comparar el boom inmobiliario de Inglaterra con el Andaluz (justo además tocamos aquí en hueso, porque las zonas más turísticas son las mas afectadas).Alquilar todas las viviendas resulta tremenda improbable salvo que los precios metan un buen batacazo. Ademas  las pocas promotoras que quedan intentaran desaparecer lo antes posible y dejarles sus viviendas a los bancos ante la imposibilidad de venderlas o alquilarlas por precios que cubran el prestamo.

Conclusiones: Si usted es propietario de viviendas para el alquiler firme contrato cuanto antes por que la bajada de precios puede ser buena. Si tienes una casa con hipoteca y cubres con el inquilino su mensualidad esto puede que deje de ocurrir y comience a costarte los euros.

martes, 2 de abril de 2013

Comienza la campaña de la renta del 2012

Hoy mismo comienza la campaña de la renta. Cuando llegan estos dias las dudas sobrevuelan la cabeza de mas de uno. Intentare resumir la informacion mas básica tras estas lineas.

¿Cuándo se puede solicitar el borrador?

El borrador de la declaración de la renta de 2012 se puede solicitar desde el 2 de abril hasta el 1 de julio de 2013. Una vez que se reciba el borrador, se debe revisar, pudiendo completar o modificar la información, recuerda que aunque Hacienda se equivoque, el responsable eres tu ya que estas obligado a modificarlo si corresponde. Puedes solicitarlo a traves del siguiente enlace de la agencia tributaria:
http://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Renta2012.shtml
A partir del 6 de mayo, Hacienda enviará por carta el borrador a los contribuyentes que no lo hayan pedido por Internet. 

Recuerda que tendras que tener a mano la renta del año anterior ya que la web te solicitara el dato consigando en la casilla 620.

¿Quién puede solicitar el borrador?

Los contribuyentes que solo tengan rendimientos del trabajo, rendimientos del capital mobiliario con retención o ingreso a cuenta, Letras del Tesoro, imputación de rentas inmobiliarias de ocho inmuebles como máximo, ganancias patrimoniales sometidas a retención o ingreso a cuenta. También podrán pedirlo los que reciban la renta básica de emancipación o subvenciones -solo las que no se consideren rendimiento de actividades económicas- y los que tengan rendimientos de capital mobiiario o inmobiliario de entidades en régimen de atribución de rentas. Ojo por que si no estas dentro de estos grupos aun asi puedes solicitarlo, te llegara un resumen de la informacion que obra en poder de la agencia y que puede serte de utilidad a la hora de confeccionar tu declaración.

¿Cómo se puede modificar el borrador?

El borrador se puede modificar por internet, por teléfono en el número 901 200 345 o en persona y tambien Se puede acudir a cualquier delegación de la Agencia Tributaria. En caso de que lo desees tambien puedes optar por elegir a una asesoria que te lo solucione, dependiendo del tipo de renta y de la dificultad te cobraran mas o menos, normalmente los precios van desde 50 euros en adelante.

¿Cuándo se puede confirmar el borrador?

El plazo para la confirmación por vía telemática arranca también el 2 de abril y concluye el 1 de julio, aunque si se hace por otras vías el plazo comienza el 6 de mayo. Si resulta una cantidad a ingresar y su pago se domicilia en cuenta, la confirmación del borrador no podrá realizarse más tarde del 26 de junio, salvo si se domicilia solo el segundo pago.

¿Tengo que declarar si gano menos de 22.000 euros anuales?

Sí, si se deduce por inversión en vivienda, por cuenta ahorro-empresa o por doble imposición internacional. También si realiza aportaciones a planes de pensiones, a mutualidades de previsión social, a planes de previsión asegurados o a patrimonios protegidos de las personas con discapacidad. Tambien si tienes mas de un pagador y la suma de los otros supera los 1.500 euros y ojo por que aqui cuenta el haber cobrado el paro.

No, si los ingresos proceden de un sólo pagador. Tampoco declaran los contribuyentes que obtienen rendimientos del trabajo, de capital, de actividades económicas o de ganancias patrimoniales con un límite conjunto de 1.000 euros anuales y pérdidas de menos de 500 euros.

¿Cuánto me puedo deducir por mi casa?

La ley establece que la deducción por compra de vivienda habitual asciende al 15% sobre una base imponible tope de 9.045 euros. sin embargo, quienes compraron antes de del 20 de enero de 2006 tenía derecho a una desgravación mayor ya que en aquella fecha se cambió la ley y se estableció que quienes hubieran comprado su casa antes mantendrían sus derechos, que antes consistían en desgravarse hasta un 20% sobre los primeros 4.507,59 euros desembolsados para pagar su casa y un 20% los años siguientes de vida de la hipoteca, esta diferencia del 5% (sobre 4.507,59 euros) ha quedado eliminada.

He hecho obras

En el caso de obras e instalaciones para adecuar la vivienda habitual por razón de discapacidad la base imponible se fija en 12.080 euros.
Ademas hay una deducción a aplicar en el IRPF de hasta el 20% de las cantidades satisfechas por obras de rehabilitación realizadas entre el 7 de mayo de 2011 y el 31 de diciembre de 2012. En este caso la base máxima de la deducción depende de la base imponible del contribuyente:
  • Si la base imponible del contribuyente es igual o inferior a 53.007,20 euros anuales, la base anual máxima será de 6.750 euros anuales.
  • Si la base imponible está comprendida entre 53.007,20 y 71.007,20 euros anuales, la base anual máxima será de 6.750 euros menos el resultado de multiplicar por 0,375 la diferencia entre la base imponible y 53.007,20 euros anuales.
Cuidado con esto por que no nos vale cualquier obra, tienen que estar dentro del listado aceptado por la agencia puesto que deben de representar una mejora energetica, de salud e higiene, ect ect....Por ejemplo cambiar el alicatado de un cuarto de baño no nos deducira, mientras que poner placas solares, hacer una instalacion para poder contratar internet, poner un accensor, cambiar las ventanas por unas con aislamiento termico entre otras cosas si. Consultar vuestro caso o leer la siguiente guia:

¿Puedo desgravarme el alquiler?

Las personas que vivan de alquiler pueden deducirse hasta un 10,05% de la cantidad que hayan pagado siempre que su renta sea inferior a 24.107 euros