martes, 6 de agosto de 2013

Responsable de las deudas con Hacienda de empresas que contrates

Ser responsable subsidiario de una deuda significa que en caso de que una persona (física o jurídica) no cumpla con su obligación de pagar, lo harás tu.  

La Ley General de Tributos determina que las personas o entidades que contraten o subcontraten  la ejecución de obras o prestaciones de servicios de partes de su actividad económica principal son responsables subsidiarios de  las obligaciones tributarias en la parte que corresponda con esas obras o prestaciones de servicios.

Dicho en cristiano: si tienes un spa y subcontratas a los masajistas, si estos no pagan sus impuestos, que correspondan a la actividad que realizan contigo, lo harás tú.  

¿Cómo evitar este terrible escollo? De una forma muy simple, solicitando el certificado de estar al corriente de los pagos con Hacienda durante los 12 meses anteriores al paga de cada factura, y puede hacerse con ocasión de la presentación de los IRPF o el Impuesto de Sociedades por ejemplo.

¿Sencillo? Pues muchas pequeñas empresas pasan por alto este trámite tan importante, que no deja de ser un papelito que se recibe en tres días. Por cierto, idem con la seguridad social.


Como suelo decir: No le damos importancia al papel si no tienen la palabra € y son de colores, hasta que los blancos con letras de ordenador no comienzan a costarnos muchos de esos.