miércoles, 6 de febrero de 2013

Ya no existen los ticket. Bienvenida la factura simplificada


Son tantas las modificaciones en materia tributaria que apenas damos a basto. Una de las novedades principales que afectan a nuestros sistemas informaticos es la desaparicion de los famosos ticket para dar paso a la factura simplificada que incorpora mas datos que el anterior.
El nuevo reglamento de facturación, definido en el Real Decreto 1619/2012 entra en vigor el 1 de Enero de 2013 y supone que existirán dos tipos de facturas: Factura Completa ó Ordinaria y la Factura Simplificada. 
Estos son los principales datos que deben incorporar las Facturas Simplificadas:
- Número y, en su caso, la serie. Numeración correlativa dentro de la serie.
- Fecha de Expedición (no era obligatorio en Tickets). También se informará de la fecha de las operaciones documentadas en caso de ser distinta a la fecha de expedición.
- Número identificación fiscal y razón social del emisor de la Factura Simplificada.
- Identificación del tipo de bienes entregados o de servicios prestados.
- Tipo impositivo aplicado (con la opción de utilizar la expresión “IVA Incluido”).
- Importe Total.
Al igual que con los ticket no serviran para deducirse el gasto por quien lo recibe, ya que no incorpora los datos del comprador. OJO solo se permiten las facturas simplificadas en ventas de hasta 400 euros y de hasta 3.000 segun el caso (esto consultarlo en la asesoría)
Es importante tener en cuenta que la numeración de las Facturas Simplificadas debe ser correlativa dentro de su serie. A destacar que la nueva normativa establece que las Facturas Simplificadas se utilizarán en el caso de las Facturas Rectificativas (abonos), incorporando la frase inequívoca de la Factura rectificada.
Por cierto, el nuevo reglamento de facturación también incluye importante novedades en referencia a la Factura Electrónica, os recuerdo que las asimila prácticamente a las de papel, eso si debeis de tener consentimiento del receptor que os indique el medio (correo electrónico) por el que os permite el envio de esa información para que tenga total validez.
Recordar modificar vuestro software en caso de que sea necesario para cumplir con esta serie de nuevas obligaciones.

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